Descripción
Solicitud de fraccionamiento especial del IBI disfrutando de la bonificación del 5% por domiciliación bancaria que se aplicará, íntegramente, en el último pago.
Materia
Quién lo puede solicitar
- Los obligados tributarios del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Requisitos: Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias municipales al tiempo de la solicitud.
Normativa de referencia
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE nº 302 de 18/12/203)
Documentación a Presentar
- Documento acreditativo de la cuenta bancaria.
Canal de solicitud
- Sede electrónica municipal (obligatorio para las personas jurídicas).
- Presencial (sólo para las personas físicas): Plaza Mayor, 1.
* Para informarse sobre el HORARIO de atención al público pinche aquí.
- También podrá remitirlo mediante las demás formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Correo electrónico domiciliaciones@ayto-torrejon.es
Unidad tramitadora
Gestión Tributaria y Recaudación
Importes / Tasas
Gratuito
Notas / Sugerencias / Observaciones
Plazo
Hasta el 28 de febrero del año para el que se solicita el fraccionamiento especial. Pasada esta fecha, el fraccionamiento se aplicará en el ejercicio siguiente.
Solicitud
El alta en el sistema se mantendrá de manera continuada en el tiempo, en tanto no se produzca una baja solicitada por el propio interesado o el incumplimiento de alguno de los períodos de abono.
Baja en el sistema
La baja en el sistema se producirá por solicitud del propio interesado/a o por incumplimiento de alguno de los períodos de abono. Cuando la baja se produzca estando pendientes alguno de los períodos de abono, la cantidad que se hubiera ingresado tendrá la consideración de ingreso a cuenta.
Abono del fraccionamiento
El abono de cada una de las fracciones se llevará a cabo mediante domiciliación bancaria en las fechas 15 de marzo y 16 de julio. En estos casos existirá una bonificación del 5% por domiciliación bancaria, que se aplicará íntegramente en el último pago.