Descripción
Es el documento que acredita la residencia y el domicilio habitual en este municipio
Materia
Quién lo puede solicitar
Las personas mayores de edad que estén empadronadas en este municipio.
La persona menor de edad o incapacitada no puede solicitar ni ser titula de volantes, de manera que deberá solicitarlo una persona mayor de edad que está empadronada con él y seleccionar el tipo “familiar".
Normativa de referencia
• Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 4/1996, de 10 de enero.
• Reglamento de Demarcación Territorial de las Entidades Locales, modificado por Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre.
• Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
• Resolución de 30 de enero de 2015, del presidente del INE y del Director General de Coordinación de Competencias con las CCAA y las EELL, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
Documentación a Presentar
DNI
Canal de solicitud
- Sede electrónica municipal para lo cual debe disponer de certificado o DNI electrónicos.
- Telefónicamente, a través de los teléfonos 010 y 91 678 95 00
- A través del siguiente formulario web
En estos dos últimos supuestos lo recibirá en su domicilio de padrón por correo ordinario.
- Presencial en las oficinas de Estadística, Plaza Mayor, 1
- Para informarse sobre el HORARIO de atención al público pinche aquí
- No se necesita cita previa
Unidad tramitadora
Estadística
Importes / Tasas
No tributa
Notas / Sugerencias / Observaciones
Si ha realizado algún cambio en el Padrón de Habitantes, deben pasar al menos 7 días para que sea efectivo.
El Consejo de Empadronamiento ha establecido que los certificados de empadronamiento se expedirán individualmente, bien de tipo colectivo (que incluye a todos los residentes en la vivienda); no se podrán realizar de ningún otro tipo.