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Último día para que los comercios de Torrejón de Ardoz puedan solicitar la ayuda de 1.000 euros

•    Con esta ampliación se pueden sumar más comercios a esta ayuda que ya han solicitado un total de 474 establecimientos en su primera convocatoria

•    La ayuda puede solicitarse hasta hoy 23 de noviembre por vía telemática, a través de la Sede Electrónica de la web municipal www.ayto-torrejon.es, correo administrativo y presencialmente en el registro general del Ayuntamiento de Torrejón. Para más información el 91 660 06 67 o el email: cmse@ayto-torrejon.es. 

•    Todos aquellos solicitantes que presentaron la solicitud en el mes de septiembre o en los primeros días de noviembre mantendrán su número y hora de registro, no admitiendo nuevas solicitudes de los mismos establecimientos

•    El alcalde, Ignacio Vázquez, explicó que “las primeras ayudas de 500 euros que propuse ante la pandemia, fueron para paliar los perjuicios sobre el comercio en el confinamiento domiciliario de primavera, y ahora he planteado duplicar el importe de las mismas hasta 1.000 euros para que más comercios puedan beneficiarse y también compensar los efectos negativos de las distintas restricciones que se están produciendo”.

•    Entre las novedades destaca que podrán optar los locales comerciales incluidos en estas bases abiertos al público situados en Torrejón de Ardoz, tanto a pie de calle, como los situados en planta. En las anteriores bases solo se beneficiaban los ubicados a pie de calle. 

•    En esta ampliación de la convocatoria podrán optar los locales comerciales con una superficie de hasta 2.000 m2, que no tengan una facturación superior a 600.000 euros en el ejercicio anterior, ni una plantilla superior a 20 trabajadores. En las anteriores bases solo se beneficiaban los que tenían una superficie de hasta 250 m2 y una plantilla no superior a 10 trabajadores. 

•    También optarán los locales comerciales, aunque no hayan cerrado durante la pandemia. En las anteriores bases solo se beneficiaban los que habían cerrado al menos un mes.

•    Podrán optar los locales comerciales que estén dados de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la Mutua profesional correspondiente y en el Impuesto de Actividades Económicas en la actividad comercial principal por la que solicita la ayuda anterior al 1 de junio de 2020. En las anteriores bases era anterior al 1 de marzo de 2020

•    Asimismo, podrán optar las diferentes actividades que se desarrollen en un mismo local con distintos titulares jurídicos. En las anteriores bases solo se beneficiaba el titular de la licencia de actividad del establecimiento.

•    Además, podrán beneficiarse los locales situados en los centros comerciales. En las anteriores bases no podían optar a esta ayuda. 

•    Podrán optar las siguientes actividades a esta ayuda: dentistas, médicos, veterinarios, arquitectos, farmacias, aseguradoras, escuelas infantiles, parques infantiles, estancos, estancos con prensa, locutorios, tiendas de telefonía e informática, bazares con o sin alimentación, inmobiliarias, organización de eventos y concesionarios dependientes de administraciones públicas. En las anteriores bases estas actividades no se beneficiaban de esta ayuda.

•    Esta medida ha sido acordada en el Pacto Torrejón Solidario por el alcalde, Ignacio Vázquez, con los tres partidos políticos con representación municipal (PP, PSOE y Podemos) 

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Último día para que los comercios de Torrejón de Ardoz puedan solicitar la ayuda de 1.000 euros. El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz ha ampliado el importe, plazo y requisitos para que más establecimientos de la ciudad puedan sumarse a esta ayuda de la que ya se han beneficiado en su primera convocatoria un total de 474 establecimientos. Esta medida ha sido acordada en el Pacto Torrejón Solidario por el alcalde, Ignacio Vázquez, con los tres partidos políticos con representación municipal (PP, PSOE y Podemos). Entre las novedades destaca el incremento del importe de 500 a 1.000 euros y que podrán optar los locales comerciales abiertos al público situados en Torrejón de Ardoz, tanto a pie de calle, como los situados en planta. Recordar que en las anteriores bases solo se beneficiaban los ubicados a pie de calle. 
 

Torrejón de Ardoz, 23 de noviembre de 2020. La ayuda puede solicitarse hasta hoy 23 de noviembre por vía telemática, a través de la Sede Electrónica de la web municipal www.ayto-torrejon.es, correo administrativo y presencialmente en el registro general del Ayuntamiento de Torrejón. Para más información el 91 660 06 67 o en el email: cmse@ayto-torrejon.es. Todos aquellos solicitantes que presentaron la solicitud en el mes de septiembre o en los primeros días de noviembre mantendrán su número y hora de registro, no admitiendo nuevas solicitudes de los mismos establecimientos.

El alcalde, Ignacio Vázquez, explicó que “las primeras ayudas de 500 euros que propuse ante la pandemia, fueron para paliar los perjuicios sobre el comercio en el confinamiento domiciliario de primavera, y ahora he planteado duplicar el importe de las mismas hasta 1.000 euros para que más comercios puedan beneficiarse y también compensar los efectos negativos de las distintas restricciones que se están produciendo”.

Novedades en los requisitos actualizados para solicitar la ayuda:

•    Podrán optar los locales comerciales incluidos en estas bases, abiertos al público situados en Torrejón de Ardoz, tanto a pie de calle, como los situados en planta. En las anteriores bases solo se beneficiaban los ubicados a pie de calle. 

•    Podrán optar los locales comerciales con una superficie de hasta 2.000 m2, que no tengan una facturación superior a 600.000 euros en el ejercicio anterior, ni una plantilla superior a 20 trabajadores. En las anteriores bases solo se beneficiaban los que tenían una superficie de hasta 250 m2 y una plantilla no superior a 10 trabajadores. 

•    Podrán optar los locales comerciales, aunque no hayan cerrado durante la pandemia. En las anteriores bases solo se beneficiaban los que habían cerrado al menos un mes.

•    Podrán optar los locales comerciales que estén dados de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la Mutua profesional correspondiente y en el Impuesto de Actividades Económicas en la actividad comercial principal por la que solicita la ayuda anterior al 1 de junio de 2020. En las anteriores bases era anterior al 1 de marzo de 2020.

•    Podrán optar las diferentes actividades que se desarrollen en un mismo local con distintos titulares jurídicos. En las anteriores bases solo se beneficiaba el titular de la licencia de actividad del establecimiento.

•    Podrán optar los locales situados en los centros comerciales. En las anteriores bases no podían optar a esta ayuda. 

•    Podrán optar las siguientes actividades a esta ayuda: dentistas, médicos, veterinarios, arquitectos, farmacias, aseguradoras, escuelas infantiles, parques infantiles, estancos, estancos con prensa, locutorios, tiendas de telefonía e informática, bazares con o sin alimentación, inmobiliarias, organización de eventos y concesionarios dependientes de administraciones públicas. En las anteriores bases estas actividades no se beneficiaban de esta ayuda.