Comienza el periodo de recaudación del IAE, tasas de basuras y vados
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09/09/2008 - Comienza el periodo de recaudación del IAE, tasas de basuras y vados | |||
| | El 15 de septiembre se abre el periodo voluntario para el pago de tributos municipales | ||
El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz informa a todos los vecinos del municipio que comienza el periodo de recaudación del Impuesto sobre Actividades Económicas y tasas de basura y vados, cuyo pago voluntario comenzará el próximo 15 de septiembre alargándose hasta el final del mes de noviembre. A partir de ahí, una vez transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario sin haberse efectuado el pago correspondiente, se iniciará el periodo ejecutivo con recargos. | |||
| Torrejón de Ardoz, 9 de septiembre de 2008 . Desde el 15 de septiembre y hasta el próximo 30 de noviembre, ambos inclusive, permanecerá abierto el periodo voluntario para el pago del Impuesto sobre Actividades Económicas, Tasa de Basura y Tasa de Vados, correspondientes a este ejercicio 2008. Desde el Ayuntamiento de Torrejón se recuerda que ya en el pasado ejercicio se estableció una bonificación del 2% para todos los recibos domiciliados de las tasas e impuestos municipales. El concejal de Hacienda, Juan Antonio Gallardo, explicó que "la domiciliación supone un ahorro y sobre todo una mayor comodidad para todos los contribuyentes. El pago se efectúa en cuenta y se dispone de un mes para devolverlo en caso de no estar conforme y evita desplazamientos innecesarios". En 2007 la domiciliación de la tasa de vados llegó al 51,58%, el IAE a un 41,57% y la Tasa de basuras al 26,42%.En cuanto al Impuesto sobre Actividades Económicas, Tasas de Basura y tasas de vados, una vez finalizado el periodo voluntario de pago sin haberse realizado el ingreso se pasará al periodo ejecutivo en el que habrá un recargo del 5% desde el vencimiento del periodo voluntario de pago hasta la notificación de la providencia de apremio. Igualmente habrá un recargo reducido del 10% desde la notificación de la providencia de apremio y durante los plazos del artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, junto con las costas que procedan, en su caso. En otro caso, habrá un recargo del 20% una vez notificada la providencia de apremio y vencidos los plazos para su pago, más los intereses de demora y costas que procedan, en su caso. El lugar de pago será en las entidades bancarias colaboradoras de la recaudación municipal con el Ayuntamiento de Torrejón y en horario comercial. | |||