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Alta y cambio de domicilio en el Padrón Municipal de Habitantes

Descripción

LAS CITAS PREVIAS SE PODRÁN PEDIR CON UN MAXIMO DE 15 DÍAS NATURALES DE ANTELACION

Es el trámite en virtud del cual una persona solicita su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes o comunica que ha cambiado su residencia dentro del municipio.

 

Este trámite admite CITA PREVIA. Por favor, lea detenidamente todos los requisitos y documentación a presentar y asegúrese de llevarlo todo preparado el día de su cita. Así conseguirá agilizar los trámites. Encontrará información de como solicitar cita previa en el apartado "Canal de solicitud" en esta misma página.

Materia

Quién lo puede solicitar

Las personas mayores de edad para sí mismas y para los menores y personas incapacitadas a su cargo.

Normativa de referencia

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora delas bases de régimen local, modificada pro Ley 4/1996, de 10 de enero, y por Ley orgánica 14/2003, de 20 de noviembre.
  • Reglamento de Demarcación Territorial delas entidades locales, modificado por Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de derechos digitales.
  • Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
  • Resolucion del INE de 28 de abril de 2005, sobre procedimiento de caducidad de inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente.

Documentación a Presentar

Ademas del formulario, SAC_PR1_F1 HOJA DE INSCRIPCIÓN O MODIFICACIÓN PADRÓN, el interesado debe adjuntar:

Documentación acreditativa de la identidad de las personas  (original y fotocopia)

En caso de mayores de edad o emancipados:

  • Españoles: DNI.
  • Extranjeros comunitarios: Permiso de residencia o, en su defecto, pasaporte, ambos en vigor. Si no tiene pasaporte, documento de identidad del país junto con el certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros, si se dispone del mismo.
  • Extranjeros no comunitarios: Permiso de Residencia o, en su defecto, pasaporte, ambos en vigor.

En caso de menores de edad y mayores de edad incapacitados:

  • Autorización (sólo original) de los progenitores o representante legal de la persona menor o incapacitada.
  • DNI, permiso de residencia o pasaporte de progenitores o representante legal.
  • Libro de familia o certificado de nacimiento del menor, traducido al español por intérprete jurado, en caso de ser necesario.

 

  -En caso de inscripción de menores adoptados o en guarda y custodia y de incapacitados, se deberá acompañar la resolución correspondiente.

  -En caso de que los padres vivan separados, la solicitud de alta o cambio de domicilio será firmada por aquél que tenga asignada su guarda y custodia, lo que acreditará con documento suficiente.

  -En defecto de los progenitores, actuarán sus representantes legales con poder suficiente.

  -En las altas por nacimiento o adopción, el menor será empadronado en el domicilio de ambos progenitores, en cuyo caso será suficiente la firma de uno de ellos (o de quien ostente la guarda y custodia del mismo), que deberá aportar el original de su documento de identidad, junto con el original y la copia del certificado de nacimiento o libro de familia.

Documentación acreditativa de su residencia habitual en la vivienda:

  1. Si la persona que solicita el alta ES EL TITULAR de la escritura de propiedad de vivienda o del contrato de alquiler:
    • Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento y una factura o contrato de suministro, con una antigüedad no superior a tres meses, de telefonía fija, agua, electricidad o gas a su nombre, no sirviendo los justificantes de entidades bancarias (original).
  2. Si la persona que solicita el alta NO ES EL TITULAR de la escritura de propiedad de vivienda o del contrato de alquiler de la vivienda:
    • Autorización de la persona que figure como titular del contrato de arrendamiento o de la escritura de propiedad que se presenta (que figura en la parte inferior del impreso).
    • Fotocopia del documento de identidad de la persona que autoriza.
    • Escritura de propiedad o contrato alquiler junto con una factura o contrato de suministro, con una antigüedad no superior a tres meses, de telefonía fija, agua, electricidad o gas a su nombre, no sirviendo los justificantes de entidades bancarias (original).

Canal de solicitud

 

  • Presencial con cita previa: Plaza Mayor, 1
    • Para informarse sobre el HORARIO de atención al público pinche aquí
    • Puede solicitar su CITA a través de esta web o llamando al teléfono 91 678 95 31, de lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas.
      • La cita previa será por trámite, no por persona, de manera que para gestionar las solicitudes de todos los que vengan inscritos en una misma hoja padronal necesitarán una sola cita.
      • Si no pudiera acudir a su cita, anúlela para dejar que otros tengan la oportunidad de ser atendidos en tiempo razonable.

LAS CITAS PREVIAS SE PODRÁN PEDIR CON UN MAXIMO DE 15 DÍAS NATURALES DE ANTELACION

Solicite aquí su cita previa

 

 

Unidad tramitadora

Estadística

Importes / Tasas

No tributa

Notas / Sugerencias / Observaciones

Según la legislación vigente, el ciudadano tiene la obligación de comunicar el nuevo domicilio a diferentes organismos de la Administración General del Estado (información general en el teléfono 060)

  • AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria). Dispone del teléfono de información 901200345.
  • Gestión Tributaria del propio Ayuntamiento, para el domicilio fiscal.
  • DGP (Dirección General de la Policía), para DNI y pasaporte.
  • DGT (Dirección General de Tráfico), para permiso de circulación y permiso de conducción. Este trámite puede hacerlo en el mismo Ayuntamiento.
  • TGSS (Tesorería de la Seguridad Social), para afiliados y pensionistas de la Seguridad Social.
  • INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social).
  • MUFACE (Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado), para comunicaciones y trámites varios.

El cambio de domicilio también puede comunicarlo de forma telemática, utilizando el Portal de Comunicación de Cambio de Domicilio, a fin de unificar en un único trámite la comunicación del nuevo domicilio a todos estos Organismos. Más información en la página web https://cambiodomicilio.redsara.es/pcd/

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