Descripción
Para realizar tala de arbolado es necesario tener autorización del Ayuntamiento.
Materia
Quién lo puede solicitar
Propietarios del arbolado, personas físicas y jurídicas.
Normativa de referencia
- Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid.
- Ordenanza de Medio Ambiente del municipio de Torrejón de Ardoz (BOCM NÚM. 190, de 7 de agosto de 2020)
Documentación a Presentar
- Informe pericial justificativo de la tala, que incluya la identificación del arbolado (especie, unidades, diámetro, edad aprox…), fotografía de los árboles y planos.
- En caso de arbolado en urbanizaciones o comunidades, acta de aprobación en Junta de Propietarios de la tala solicitada (salvo en el caso de árbol seco o tala por peligrosidad, circunstancia que quedará motivada en el informe pericial).
- Justificante de la tasa correspondiente.
- Compromiso de plantación del arbolado en la misma propiedad, con indicación de la fecha de ejecución de los trabajos, para comprobación posterior.
- En caso de cesión al Ayuntamiento, documento de reserva del mismo en el vivero y de su transporte a Torrejón de Ardoz.
Canal de solicitud
- Presencial: Plaza Mayor, 1 (sólo para personas físicas)
- Horario de lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas (en junio, julio, agosto y septiembre, hasta las 13:30 horas) y, además, los jueves de 16:30 a 19:30 horas. Los días 24 y 31 de diciembre y las tardes de julio y agosto permanecerá cerrado.
- Sede electrónica municipal para lo cual debe disponer de certificado o DNI electrónicos.
- También podrá remitirlo mediante las demás formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Unidad tramitadora
Medio Ambiente
Importes / Tasas
51,67 euros (según Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos)
Notas / Sugerencias / Observaciones
- Toda autorización de tala (independientemente del motivo), conlleva el pago de tasa y la reposición o compensación, que establece la normativa vigente.
- El arbolado resultante de la reposición o compensación se plantará, siempre que sea posible, en la propiedad donde se ha realizado la tala. En caso de no ser posible, se hará cesión del arbolado al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.